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Artículo 2 de la Ley 18.091

Establece normas complementarias de incidencia presupuestaria, de personal y de administración financiera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29516 / 8748021.

Texto oficial

Artículo 2°.- Sustitúyese en el inciso sexto del artículo 3° del decreto con fuerza de ley N° 4, del Ministerio de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de 20 de enero de 1981, la expresión "70 Unidades Tributarias mensuales en 1983" por "75 Unidades Tributarias mensuales en 1983".