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Artículo UNICO de la Ley 18.093 · Deroga el decreto ley n° 637, de 1974

Deroga el decreto ley n° 637, de 1974

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29518 / 8891257.

Texto oficial

Artículo único.- Derógase el decreto ley N° 637, de 1974, a excepción de su artículo 7°.