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Artículo 1 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras

Ley orgánica constitucional sobre concesiones mineras

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29522 · idParte: 8675864

Texto oficial

Artículo 1°.- Las concesiones mineras pueden ser de exploración o de explotación. Cada vez que esta ley se refiera a concesión minera se entenderá que comprenden tanto una como otra.