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Artículo 1 transitorio de la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras

Ley orgánica constitucional sobre concesiones mineras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29522 / 8675888.

Texto oficial

Artículo 1° transitorio.- Las concesiones mineras vigentes a la fecha de entrada en vigor del nuevo Código de Minería subsistirán bajo el imperio de éste. Pero, en cuanto a sus goces y cargas y en lo tocante a su extinción, prevalecerán las disposiciones de dicho Código.