Texto oficial
Artículo 22.- Todo lo dispuesto en esta ley respecto de
los arrendadores y arrendatarios se aplicará, en su caso, a
los subarrendadores y subarrendatarios, respectivamente.
Fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29526 / 7180821.