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Artículo 1 de la Ley 18.140

Autoriza al director de la empresa portuaria de chile para transferir a la ilustre municipalidad de talcahuano terrenos que se señalan

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29564 / 5985034.

Texto oficial

Artículo 1°.- Autorízase al Director de la Empresa Portuaria de Chile para transferir, a título gratuito, a la Ilustre Municipalidad de Talcahuano, los lotes uno, dos y tres del plano de subdivisión de la propiedad de mayor extensión, de dominio de la Empresa, archivado, bajo el N° 49, al final del Registro de Propiedad del año 1981, del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano. El título de dominio del lote A de que forman parte los predios que se autoriza enajenar, está inscrito a nombre de la Empresa, a fojas 692 N° 912, del Registro de Propiedad del año 1979, del mismo Conservador.