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Artículo 5 transitorio de la Ley 18.168 · Ley general de telecomunicaciones

Ley general de telecomunicaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29591 / 8782226.

Texto oficial

Artículo 5°.- Deróganse, a partir de seis meses contados desde la publicación de la presente ley, los artículos 3° del decreto con fuerza de ley N° 171, de 1960, y 20 de la Ley N° 15.113.