Texto oficial
Artículo 11.- Sustitúyense, en el inciso segundo del artículo 61 del Código Orgánico de Tribunales, las expresiones "cuatro y tres", por "cinco y cuatro".
Crea cargos en cortes de apelaciones que indica; crea nuevos juzgados, fija las plantas correspondientes, establece normas sobre el servicio judicial y modifica el código orgánico de tribunales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29598 / 8788445.