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Artículo 2 de la Ley 18.191 · Deroga el decreto ley n° 354, de 1974, y modifica el decreto ley n° 2.763, de 1979

Deroga el decreto ley n° 354, de 1974, y modifica el decreto ley n° 2.763, de 1979

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29613 / 9026536.

Texto oficial

Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N° 2.763, de 1979: a) Agrégase, en el inciso tercero del artículo 9°, la siguiente letra i), nueva: "i) Nutrición"; b) Suprímese, en el inciso primero del artículo 15 la expresión "El Consejo Nacional para la Alimentación y Nutrición", y c) Suprímese el inciso segundo del artículo 15.