Texto oficial
Artículo 33.- Sustitúyese, en el artículo único de
la ley N° 18.111, la expresión "1° de enero de 1983" por
"1° de enero de 1984".
Normas complementarias de administración financiera, personal y de incidencia presupuestaria
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29617 / 8123808.