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Artículo 52 de la Ley 18.196

Normas complementarias de administración financiera, personal y de incidencia presupuestaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29617 / 8123827.

Texto oficial

Artículo 52.- Sustitúyese en los incisos dieciséis y veintitrés del artículo 35 de la ley N° 13.039, la expresión "60%" por "100%".