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Artículo 7 de la Ley 18.206

Deroga el decreto ley 1.519, de 1976, sobre impuesto habitacional, y complementa programas de absorción de cesantía

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29626 / 8746896.

Texto oficial

ARTICULO 7° La asignación por contratación adicional no regirá respecto de los empleadores de la Administración Central y la Descentralizada del Estado, de sus instituciones autónomas, de las empresas del Estado y de aquellas en las cuales éste o sus empresas tengan aportes o representación igual o superior al 30%. Tampoco regirá esta asignación respecto de las entidades del Estado que, conforme a sus propios estatutos legales, no se rigen por las disposiciones dictadas o que se dicten para el sector público.