Texto oficial
Artículo transitorio.- No obstante lo dispuesto en el artículo 10, continuarán radicadas en el mismo tribunal, hasta su total tramitación, aquellas causas que, a la fecha de vigencia de esta ley, estuvieren en su conocimiento.
Fija planta, crea y suprime cargos, distribuye personal de secretaria de los juzgados del crimen que señala y divide la jurisdiccion de los tribunales que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29629 / 5986056.