Saltar al contenido

Artículo 4 de la Ley 18.224 · Modifica ley de presupuestos de inversion y reajusta remuneraciones

Modifica ley de presupuestos de inversion y reajusta remuneraciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29644 / 8956076.

Texto oficial

Artículo 4°.- La parte de cargo del Fondo Nacional de Salud correspondiente a subsidios de reposo preventivo y licencias maternales que los servicios de la administración central del Estado pagaron durante el año 1982, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 de la ley N° 18.073, no será devuelta o compensada por dicho Fondo.