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Artículo 17 de la Ley 18.224 · Modifica ley de presupuestos de inversion y reajusta remuneraciones

Modifica ley de presupuestos de inversion y reajusta remuneraciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29644 / 8956089.

Texto oficial

Artículo 17.- Auméntase, a contar del 1° de julio de 1983, en un 5% los montos de los pagos de las subvenciones a que se refiere el artículo 5° del decreto con fuerza de ley N° 1.385, de Justicia, de 1980, y normas complementarias.