Saltar al contenido

Artículo 4 de la Ley 18.225 · Dicta normas sobre desafiliacion y modifica el decreto ley n° 3.500, de 1980.

Dicta normas sobre desafiliacion y modifica el decreto ley n° 3.500, de 1980.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29645 / 8161760.

Texto oficial

ARTICULO 4° Las modificaciones al decreto ley 3.500, de 1980, contenidas en los N°s 2 y 6 del artículo 3°, entrarán en vigencia a los treinta días de publicada esta ley, y el primero del mes siguiente al de la fecha de publicación del presente cuerpo legal, respectivamente.