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Artículo 237 del Código de Minería

Código de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29668 / 8681004.

Texto oficial

Artículo 237.- Son fatales los plazos de que trata este Código, cuando al establecerlos se emplean las palabras "en" o "dentro de".