Texto oficial
Artículo 2°.- Lo dispuesto en el N° 8 del artículo
único regirá a contar del vencimiento del plazo de 60
días siguientes a la publicación de esta ley.".
Modifica el decreto ley n° 1.094, de 1975, que establece normas sobre extranjeros en chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29672 / 8791287.