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Artículo 27 de la Ley 18.267

Reajusta las remuneraciones de los trabajadores del sector publico y establece normas complementarias de administración financiera, tributarias, de personal y de incidencia presupuestaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29687 / 8746960.

Texto oficial

ARTICULO 27° El Servicio de Tesorerías procederá a eliminar los centavos de peso en los saldos de todos los valores consignados en las cuentas extrapresupuestarias que mantiene en su contabilidad, cuyo total se ingresará a rentas generales de la Nación.