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Artículo 1 de la Ley 18.281 · Prorroga plazos que indica

Prorroga plazos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29699 / 8285198.

Texto oficial

Artículo 1°.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 1° transitorio del decreto ley N° 818, de 1974, la frase "31 de diciembre de 1983" por "31 de diciembre de 1988".