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Artículo 2 de la Ley 18.281 · Prorroga plazos que indica

Prorroga plazos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29699 · idParte: 8285199

Texto oficial

Artículo 2°.- Sustitúyese en el artículo 2° del decreto ley N° 3.562, de 1981, la expresión "31 de diciembre de 1983" por "31 de diciembre de 1988".