Texto oficial
Artículo 197.- Son infracciones o contravenciones
gravísimas, las siguientes:
1.- Eliminado;
2.- No detenerse ante la luz roja de las señales
luminosas del tránsito, o ante la señal "PARE";
3.- Derogado;
4.- Conducir sin haber obtenido licencia de conductor,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 196 D;
5.- Eliminado, y
6.- Eliminado.