Texto oficial
Artículo 1°.- Autorízase al Estado para realizar y
participar en actividades empresariales que tengan por
objeto el desarrollo de una empresa aeronáutica y créase
para ello una persona jurídica denominada "EMPRESA NACIONAL
DE AERONAUTICA DE CHILE", que podrá, además,
individualizarse, para todos los efectos legales, con la
sigla ENAER.
Tendrá la calidad de empresa del Estado de
administración autónoma, con patrimonio propio y con
domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las
oficinas, fábricas y agencias que establezca en otras
ciudades o localidades.
A la administración de ENAER les serán aplicables las
disposiciones financieras que rijan para las empresas del
Estado, que dependen o se relacionan con el Ejecutivo a
través del Ministerio de Defensa Nacional.