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Artículo 2 de la Ley 18.297 · Ley orgánica de la empresa nacional de aeronautica de chile

Ley orgánica de la empresa nacional de aeronautica de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29714 / 7182896.

Texto oficial

Artículo 2°.- ENAER, se relacionará con el Supremo Gobierno, a través del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Aviación.