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Artículo 16 de la Ley 18.297 · Ley orgánica de la empresa nacional de aeronautica de chile

Ley orgánica de la empresa nacional de aeronautica de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29714 / 7182912.

Texto oficial

Artículo 16.- Las ventas que la Empresa efectúe y los servicios que preste al Ministerio de Defensa Nacional, o a las Instituciones y demás empresas dependientes de dicha Secretaría de Estado, gozarán de la exención establecida en el artículo 19 del decreto ley N° 1.244, de 1975.