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Artículo 4 de la Ley 18.336

Crea el segundo juzgado de policia local de la municipalidad de talcahuano y modifica la planta de su personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29752 / 8461917.

Texto oficial

Artículo 4°- El mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley se financiará con cargo al presupuesto de la Municipalidad de Talcahuano.