Texto oficial
ARTICULO 15° Los contribuyentes morosos que trataron de
solucionar sus obligaciones tributarias mediante cheques que
fueron protestados o devueltos sin pagar por el librado,
podrán acogerse a las franquicias establecidas en esta ley.
En tal evento, el tribunal podrá dictar sobreseimiento en
los términos del artículo 22° de la Ley sobre Cuentas
Corrientes Bancarias y Cheques.
Este sobreseimiento será solamente temporal y quedará
sin efecto desde el momento en que se declare la caducidad
del convenio.