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Artículo 17 de la Ley 18.337 · Condona intereses y multas de impuestos y contribuciones adeudados que indica

Condona intereses y multas de impuestos y contribuciones adeudados que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29753 / 8747016.

Texto oficial

ARTICULO 17° A los beneficios establecidos en esta ley y en las mismas condiciones, podrán acogerse los deudores de convenios de patentes mineras celebrados en virtud de las leyes 17.984 y 18.109.