Texto oficial
ARTICULO 12° Constando la pobreza del chileno que
reclame la intervención del Cónsul, se le eximirá del
pago de derechos.
Fija nuevo texto del arancel consular de chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29756 / 8676034.