Saltar al contenido

Artículo 8 de la Ley 18.348 · Crea la corporación nacional forestal y de protección de recursos naturales renovables

Crea la corporación nacional forestal y de protección de recursos naturales renovables

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29764 / 8638176.

Texto oficial

ARTICULO 8° La administración de la Corporación corresponderá a un Director Ejecutivo, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de esta entidad y será el Jefe Superior del Servicio. Los cargos del Director Ejecutivo, Gerente Técnico y Fiscal serán de la exclusiva confianza del Presidente de la República.