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Artículo 1 transitorio de la Ley 18.348 · Crea la corporación nacional forestal y de protección de recursos naturales renovables

Crea la corporación nacional forestal y de protección de recursos naturales renovables

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29764 / 8638188.

Texto oficial

ARTICULO 1° Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 19°, la planta que se fije y las designaciones, encasillamientos y adecuaciones presupuestarias que se realicen en conformidad a dicho precepto regirán a contar de la fecha en que entre en vigencia esta ley.