Texto oficial
Artículo 4°.- Modifícase el artículo 2° del decreto ley N° 3.551, de 1981, en el sentido de reemplazar el punto final (.) por una coma (,), y agregándose a continuación la siguiente nueva frase: "con excepción del Servicio Nacional de Aduanas, respecto del cual lo será la ciudad de Valparaíso".