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Artículo 3 de la Ley 18.361 · Sustituye competencia del juzgado de letras de menores de san fernando

Sustituye competencia del juzgado de letras de menores de san fernando

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29776 · idParte: 5987657

Texto oficial

Artículo 3°.- El personal del Juzgado de Letras de Menores de San Fernando continuará desempeñándose en el Segundo Juzgado de Letras de San Fernando, sin necesidad de nuevo nombramiento.