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Artículo 69 de la Ley 18.382

Normas complementarias de administración financiera, personal y de incidencia presupuestaria.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29797 / 8509958.

Texto oficial

Artículo 69.- Lo dispuesto en el artículo 18 del decreto ley N° 3.529, de 1980, será aplicable, también, a los trabajadores de las Municipalidades.