Saltar al contenido

Artículo 7 de la Ley 18.399

Modifica el decreto ley n° 1.812 y el decreto con fuerza de ley n° 1.179, de hacienda, ambos de 1977, en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29811 / 7183269.

Texto oficial

Artículo 7°.- Todas las referencias al "Fondo Hospital del Imponente de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile" que se contengan en cualesquiera disposición legal o reglamentaria, deberán entenderse hechas al "Fondo Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.".