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Artículo 26 de la Ley 18.410 · Crea la superintendencia de electricidad y combustibles

Crea la superintendencia de electricidad y combustibles

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29819 / 8638257.

Texto oficial

Artículo 26.- Esta ley regirá a contar del primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.