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Artículo 4 de la Ley 18.427

Modifica la ley orgánica del ministerio de bienes nacionales y aumenta su planta de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29835 / 8285758.

Texto oficial

Artículo 4°.- El Jefe del Departamento de Estudios Territoriales deberá efectuar los estudios de factibilidad de las áreas de escasa densidad poblacional; y estudiar, proponer y mantener sistemas de información que permitan establecer una adecuada coordinación intra y extraministerial.