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Artículo 1 de la Ley 18.433 · Crea la universidad metropolitana de ciencias de la educacion

Crea la universidad metropolitana de ciencias de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29841 / 9075640.

Texto oficial

Artículo 1°.- Créase la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, Institución de Educación Superior del Estado, como organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios. Su domicilio será la ciudad de Santiago. La representación legal de la Universidad corresponderá al Rector.