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Artículo 39 de la Ley 18.469

Regula el ejercicio del derecho constitucional a la protección de la salud y crea un regimen de prestaciones de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29872 / 8071339.

Texto oficial

Artículo 39.- Los profesionales que infringieren lo dispuesto en el artículo 13, inciso sexto, serán sancionados con las penas establecidas en los artículos 467 y 494, N° 19, según corresponda, del Código Penal.