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Artículo 91 de la Ley 18.482 · Normas complementarias de administración financiera y de incidencia presupuestaria

Normas complementarias de administración financiera y de incidencia presupuestaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29885 / 8748752.

Texto oficial

Artículo 91.- Agrégase el siguiente N° 31 al artículo 9° del decreto con fuerza de ley N° 94, de 1960, pasando el actual N° 31 a ser N° 32. "N° 31.- Constituir o concurrir a la formación de una Institución de Salud Previsional en conformidad a las disposiciones del decreto ley N° 3.500, de 1980 y al decreto con fuerza de ley N° 3, de 1981, del Ministerio de Salud."