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Artículo 12 de la Ley 18.489 · Modifica ley sobre impuesto a la renta y otras

Modifica ley sobre impuesto a la renta y otras

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29892 · idParte: 8745663

Texto oficial

Artículo 12.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N° 3.059, de 1979: a) En el inciso primero del artículo 7°, intercálase después de la palabra "navieras" la expresión "chilenas o extranjeras". b) En el inciso primero del artículo 10 B, agrégase después de la palabra "exportación" la siguiente expresión: "o en la construcción de las naves a que se refiere el inciso primero del artículo 9° para su transferencia en el país". Lo dispuesto en la letra a) regirá desde el 1° de diciembre de 1985.