Texto oficial
Artículo 4°.- Las actuaciones que deban realizar las Direcciones de Obras Municipales y los documentos que les corresponda otorgar en relación con los permisos de edificación, las recepciones finales de las construcciones y las autorizaciones de subdivisión y ventas por pisos y departamentos, respecto de los inmuebles fiscales transferidos a la Empresa de Correos de Chile y a Télex Chile Comunicaciones Telegráficas S.A. en virtud de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 2° de la ley N° 18.016, estarán exentos de toda clase de impuestos y derechos.