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Artículo 1 de la Ley 18.523 · Declara validos el computo y percepcion de los beneficios que indica

Declara validos el computo y percepcion de los beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29922 · idParte: 5988647

Texto oficial

Artículo 1°.- Decláranse válidos el cómputo y percepción de beneficios de trienios reconocidos a quienes se desempeñan o se hayan desempeñado como Profesores Civiles de las Fuerzas Armadas, por servicios prestados con anterioridad a la fecha de vigencia de esta ley, en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.