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Artículo 13 de la Ley 18.525 · Normas sobre importacion de mercancias al pais

Normas sobre importacion de mercancias al pais

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29924 / 8759549.

Texto oficial

Artículo 13.- Deróganse a partir de la fecha de vigencia de esta ley, los artículos 185, 186, 187 y 188 de la ley N° 16.464; los decretos con fuerza de ley N°s. 10 y 11 de 1967; el artículo 6° de la ley N° 16.101, y el inciso tercero del artículo 106 de la Ordenanza de Aduanas.