Texto oficial
Artículo 72.- Los partidos políticos, candidatos
independientes y demás entidades o personas que, de acuerdo
a la ley, tengan acceso a la información contenida en el
Registro Electoral, Padrón Electoral y Nómina de
Inhabilitados, deberán actuar responsablemente en su
manejo, debiendo responder civil y penalmente, según
corresponda, y en conformidad a lo que establezca la ley.