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Artículo 2 de la Ley 18.568 · Establece normas sobre loteria de concepcion

Establece normas sobre loteria de concepcion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29960 / 8676042.

Texto oficial

Artículo 2°.- Los sorteos de la Lotería de Concepción se realizarán semana por medio, en forma alternada con los que efectúe Polla Chilena de Beneficencia. En ambos casos, podrán ser 26 en cada año calendario, o 27, según corresponda. Los premios podrán consistir en dinero o en dinero y especies.