Texto oficial
ARTICULO 28° El Crédito Fiscal Universitario a que se
refiere el artículo 5° del decreto con fuerza de ley 4, de
1981, del Ministerio de Educación Pública, tendrá, para
1987, un monto máximo de $ 6.978.710 miles.
Aprueba la ley de presupuestos del sector publico para el año 1987
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29972 / 9046992.