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Artículo 1 A de la Ley Orgánica Constitucional Que Fija Planta del Servicio Electoral

Ley orgánica constitucional que fija planta del servicio electoral y modifica ley n° 18.556

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29974 / 8802780.

Texto oficial

Artículo 1ºA.- Establécense los siguientes requisitos específicos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que a continuación se indican: I.- PLANTA DE DIRECTIVOS. Jefe Superior del Servicio: Director, grado 1C: Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de conformidad a la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional de, a lo menos, diez años y no haber desempeñado cargos de representación popular o de dirigente de partido político en los cinco años anteriores a su designación. Directivos afectos al Título VI de la ley Nº 19.882: - Subdirector, grado 2°: Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de conformidad a la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional de, a lo menos, diez años y no haber desempeñado cargos de representación popular o de dirigente de partido político en los cinco años anteriores a su designación. - Jefes de División, grado 3º: Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a cinco años en el sector público o privado. - Directores Regionales, grado 5º: Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a cuatro años en el sector público o privado. - Directores Regionales, grado 6º: Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a tres años en el sector público o privado. Directivos de Carrera: - Jefes Sub departamento, grado 4º: Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a cuatro años en el sector público o privado. - Directivos, grado 7º: Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a tres años en el sector público o privado. - Directivos, grados 8º y 9º: Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a dos años en el sector público o privado. - Directivos, grado 10º, alternativamente: i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, o, ii) Título profesional de una carrera de a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a un año en el sector público o privado. II.- PLANTA DE PROFESIONALES. Profesionales, grado 4º: Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a cuatro años en el sector público o privado. Profesionales, grados 5º, 6º y 7º, alternativamente: i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a tres años en el sector público o privado. iii ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a cinco años en el sector público o privado. Profesionales, grados 8º y 9º, alternativamente: i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a dos años en el sector público o privado. ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a cuatro años en el sector público o privado. Profesionales, grados 10º y 11º, alternativamente: i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, o, ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a un año en el sector público o privado. Profesionales, grado 12º: Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocidos por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente. III.- PLANTA DE TÉCNICOS. Técnicos, grado 9º, alternativamente: i) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior de cuatro años en el sector público o privado, o, ii) Título Técnico de Nivel Medio o equivalente otorgado por el Ministerio de Educación y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a cinco años en el sector público o privado. Técnicos, grados 10º y 11º, alternativamente: i) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior de tres años en el sector público o privado, o, ii) Título Técnico de Nivel Medio o equivalente otorgado por el Ministerio de Educación y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a cuatro años en el sector público o privado. Técnicos, grados 12º y 13º, alternativamente: i) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior de dos años en el sector público o privado, o, ii) Título Técnico de Nivel Medio o equivalente otorgado por el Ministerio de Educación y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a tres años en el sector público o privado. Técnicos, grado 14º, alternativamente: i) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Superior no inferior de un año en el sector público o privado, o, ii) Título Técnico de Nivel Medio o equivalente otorgado por el Ministerio de Educación y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a dos años en el sector público o privado. Técnicos, grado 15º, alternativamente: i) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, o, ii) Título Técnico de Nivel Medio o equivalente otorgado por el Ministerio de Educación, y acreditar una experiencia como Técnico de Nivel Medio no inferior a un año en el sector público o privado. IV.- PLANTA DE ADMINISTRATIVOS. Administrativos, grados 10º y 11º: Licencia de Enseñanza media o equivalente y acreditar una experiencia laboral en funciones administrativas, no inferior a cuatro años en el sector público o privado. Administrativos, grados 12º y 13º: Licencia de Enseñanza media o equivalente y acreditar una experiencia laboral en funciones administrativas, no inferior a tres años en el sector público o privado. Administrativos, grados 14º y 15º: Licencia de Enseñanza media o equivalente y acreditar una experiencia laboral en funciones administrativas, no inferior a dos años en el sector público o privado. Administrativos, grados 16º y 17º: Licencia de Enseñanza media o equivalente y acreditar una experiencia laboral en funciones administrativas, no inferior a un año en el sector público o privado. Administrativos, grado 18º: Licencia de Enseñanza media o equivalente. V.- PLANTA DE AUXILIARES. Auxiliares, grado 19º: Licencia de Enseñanza media o equivalente y acreditar una experiencia laboral no inferior a cuatro años en el sector público o privado. Auxiliares, grado 20º: Licencia de Enseñanza media o equivalente y acreditar una experiencia laboral no inferior a tres años en el sector público o privado. Auxiliares, grado 21º: Licencia de Enseñanza media o equivalente y acreditar una experiencia laboral no inferior a dos años en el sector público o privado. Auxiliares, grado 22º: Licencia de Enseñanza media o equivalente.