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Artículo 8 de la Ley Orgánica Constitucional Que Fija Planta del Servicio Electoral

Ley orgánica constitucional que fija planta del servicio electoral y modifica ley n° 18.556

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29974 / 9696100.

Texto oficial

Artículo 8º.- El componente proporcional a que se refiere la letra b) del artículo 6° ascenderá a un 10% de la suma de las siguientes remuneraciones, según corresponda: a) Sueldo base. b) Asignación de los artículos 17 y 18 de la ley Nº19.185. c) Asignación del artículo 19 de la ley Nº19.185. d) Asignación del artículo 6° del decreto ley Nº1.770, de 1977, del Ministerio de Hacienda.