Texto oficial
Artículo 35.- Las disposiciones de esta ley no se
aplicarán a las personas jurídicas que persigan fines de
lucro, las que seguirán rigiéndose por sus respectivas
leyes y estatutos.
Ley de los tribunales electorales regionales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29984 / 8487733.